Seguro de Autos · Todo Riesgo · Terceros · RC Completa · Cobertura de Ocupantes · Asistencia 0 km
ÁNGELA MALDONADO AM seguros de vanguardia
Seguro de Autos · Todo Riesgo · Terceros · Cobertura de Ocupantes

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La diferencia entre una póliza barata y una póliza correcta no se ve en el recibo. Se ve cuando el perito llega, cuando el médico factura y cuando el abogado dice que no hay cobertura. Asesoramiento real, técnico y sin letra pequeña.

70M€
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Lo que los comparadores no te van a explicar nunca

El mercado del seguro de autos lleva décadas en guerra de precios. El resultado son pólizas diseñadas para parecer completas sin serlo: coberturas con sublímites, exclusiones redactadas en letra pequeña, RC insuficiente para la vida real y asistencias que no cubren exactamente donde el cliente más las necesita. Cada exclusión que no lees hoy es una factura que pagas mañana de tu bolsillo. En este despacho no simplificamos lo que no es simple. Si hay un conflicto de intereses en tu póliza, te lo explico. Si la sanidad pública no cubre lo que crees que cubre, te lo digo. Si tu RC no es suficiente para proteger tu patrimonio, lo ajustamos. Sin eufemismos y sin omisiones.

"Un seguro de autos no es un producto financiero. Es un contrato legal que regula quién paga qué, cuándo y con qué límite. Cada cláusula que no se lee es una sorpresa que se paga."
¿Qué cobertura necesitas?
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Seguro de Autos · Modalidad Todo Riesgo

Todo Riesgo
La protección completa que tu vehículo merece.

Cubre tanto los daños que causas a otros como los daños que sufre tu propio vehículo, con o sin culpa, con o sin conductor identificado. La modalidad más completa y la única que te protege en todos los escenarios. Disponible con o sin franquicia.

⚖️

RC Obligatoria

Límites legales del SOA: 70M€ daños personales y 15M€ daños materiales por siniestro. Base de toda póliza.

🛡️

RC Voluntaria

Amplía los capitales de la RC obligatoria. Protege tu patrimonio personal cuando los daños superan el mínimo legal.

🔧

Daños propios

Reparación de tu vehículo independientemente de quién sea el culpable. Sin necesidad de identificar al responsable.

🚗

Robo total y parcial

Robo del vehículo, robo de piezas y daños por intento de robo. Indemnización al valor venal o de mercado.

🌩️

Fenómenos meteorológicos

Granizo, inundación, viento, caída de ramas y daños por agentes naturales incluidos.

🔥

Incendio y explosión

Incendio del vehículo, explosión, autoinflación y daños eléctricos graves que ocasionen fuego.

🧑‍🤝‍🧑

Ocupantes y acompañante

Indemnización directa a los ocupantes del vehículo sin necesidad de reclamación contra el conductor. Sin conflicto de intereses.

🚑

Conductor

Cobertura de fallecimiento, invalidez y gastos sanitarios del propio conductor, independientemente de su culpa en el siniestro.

🪟

Lunas

Sustitución o reparación de parabrisas, lunetas y ventanillas laterales. Reparación de impacto de parabrisas sin franquicia.

🛻

Asistencia en carretera

Grúa, remolque, vehículo de sustitución y asistencia desde kilómetro cero. Caminos no asfaltados si la grúa puede acceder.

⚖️

Defensa jurídica

Reclamación a terceros, defensa penal, recurso de multas y gestión de sanciones administrativas. Abogado incluido.

🌍

Cobertura en Europa

RC y asistencia en toda la Unión Europea, más países del Espacio Económico Europeo y adheridos al sistema carta verde.

Coberturas opcionales que puedes añadir

💺

RC PLUS del conductor

Amplía la cobertura del conductor a supuestos excluidos de la RC estándar, incluyendo siniestros con vehículo parado.

📱

Protección dispositivos

Robo o daño accidental de dispositivos electrónicos en el vehículo.

🚘

Vehículo de sustitución ampliado

Vehículo de sustitución por más días y de categoría equivalente al asegurado.

⚖️

Defensa jurídica ampliada

Reclamaciones civiles complejas, procedimientos penales derivados del accidente y asistencia en recobros.

Seguro de Autos · Terceros Ampliado

Terceros Ampliado
Más que lo mínimo. Menos que todo riesgo.

La modalidad más contratada en España. Incorpora la RC obligatoria más coberturas adicionales de alto valor práctico: robo, incendio, lunas, asistencia en carretera y cobertura del conductor. Una protección real a precio razonado.

⚖️

RC Obligatoria + Voluntaria

Capitales mínimos legales más ampliación voluntaria para proteger tu patrimonio ante daños graves a terceros.

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Robo total y parcial

Robo del vehículo, robo de piezas y daños por intento de robo. Cobertura de contenido en el interior del vehículo hasta el límite contratado.

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Incendio

Incendio, explosión y autoinflación del vehículo asegurado.

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Lunas

Reparación e sustitución de parabrisas, luneta trasera y ventanillas. Reparación de impacto de parabrisas incluida.

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Ocupantes

Indemnización directa a los ocupantes del vehículo sin necesidad de identificar culpa ni de reclamación contra el conductor.

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Conductor

Cobertura de fallecimiento, invalidez permanente y gastos sanitarios del conductor habitual del vehículo.

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Asistencia en carretera

Grúa y remolque desde kilómetro cero. Asistencia en España y países de la carta verde.

⚖️

Defensa jurídica

Defensa penal, reclamación de daños a terceros y recurso de multas y sanciones administrativas de tráfico.

Seguro de Autos · Terceros con Lunas y Asistencia

Terceros con Lunas
Lo esencial, con los extras que más se usan.

La RC obligatoria con las dos coberturas más utilizadas en el día a día: lunas y asistencia en carretera. Adecuada para vehículos de valor bajo-medio que no justifican una póliza completa, pero que tampoco pueden quedarse solo con el mínimo legal.

⚖️

RC Obligatoria

Límites del SOA: 70M€ para daños personales, 15M€ para daños materiales. Cobertura obligatoria en todo el territorio nacional y la UE.

🪟

Lunas

Reparación e sustitución de parabrisas y lunas. La cobertura más frecuente tras la RC en siniestros cotidianos.

🛻

Asistencia en carretera

Grúa, remolque y asistencia mecánica urgente desde kilómetro cero. Cobertura en caminos no asfaltados si la grúa puede acceder.

⚖️

Defensa jurídica básica

Defensa penal ante accidente y recurso de sanciones de tráfico.

Seguro de Autos · Terceros Básico SOA

Terceros Básico
El mínimo legal. Y por qué no es suficiente.

La RC obligatoria cubre los daños que causas a otras personas y sus bienes. No cubre nada de tu propio vehículo. No cubre al conductor. No cubre a los ocupantes de forma directa. Es el mínimo que exige la ley, y por eso es solo eso: un mínimo.

⚖️

RC Obligatoria (SOA)

Cubre los daños a personas y bienes de terceros hasta los límites legales del Reglamento del SOA. Obligatoria en España para todo vehículo a motor.

🇪🇺

Cobertura en la UE

La RC obligatoria opera en todo el territorio de la Unión Europea y países firmantes del sistema carta verde.

Lo que no cubre el básico y debería preocuparte

Sin cobertura del conductor

Si el conductor resulta lesionado y es el responsable, la RC no lo cubre. Sus gastos médicos y su invalidez los asume él solo.

Sin cobertura de ocupantes

Los ocupantes pueden tener dificultades para cobrar si el conductor es familiar. La RC no garantiza indemnización directa.

Sin cobertura del vehículo propio

Ningún daño al propio vehículo está cubierto. Ni robo, ni incendio, ni daños propios. El coste de reparación es íntegramente tuyo.

Sin asistencia en carretera

Una avería en carretera implica pagar la grúa de tu bolsillo. Sin servicio de emergencia, sin vehículo de sustitución.

⚠️ Lo que ningún comparador te explica sobre la Responsabilidad Civil

RC Obligatoria, Voluntaria,
Ampliada y PLUS. No son lo mismo.

La Responsabilidad Civil en un seguro de autos no es una sola cobertura. Son cuatro niveles distintos con funciones distintas, y la mayoría de clientes desconoce la diferencia porque nadie se la explica. Contratar solo la RC obligatoria deja tu patrimonio personal expuesto ante cualquier siniestro que supere los límites legales. Y los supera más a menudo de lo que crees.

Nivel 1 · Base legal obligatoria

RC Obligatoria — Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA)

Regulada por el Real Decreto Legislativo 8/2004 y su Reglamento. Todo vehículo a motor circulando por territorio español debe tenerla. Cubre los daños que el asegurado cause a terceros —personas y bienes— hasta los límites fijados por ley: 70 millones de euros por siniestro para daños personales y 15 millones de euros para daños materiales. Excluye expresamente al conductor causante del accidente y, con matices, a los ocupantes que puedan considerarse coasegurados o con relación especial con el conductor. No cubre el vehículo propio en ningún caso.

Nivel 2 · Ampliación de capitales

RC Voluntaria

Amplía los capitales asegurados de la RC obligatoria por encima de los mínimos legales. Su función es proteger el patrimonio personal del asegurado cuando la responsabilidad del siniestro supera los límites del SOA. Un atropello con lesiones graves, un accidente múltiple en autopista o un siniestro con víctimas con altos ingresos pueden generar reclamaciones que superen los 70 millones de euros legales. La RC voluntaria es la barrera entre esa reclamación y tu patrimonio personal. Su coste adicional es mínimo respecto a la protección que aporta.

Nivel 3 · Extensión de supuestos cubiertos

RC Ampliada

Extiende la cobertura a supuestos que la RC obligatoria excluye expresamente o no contempla de forma clara: daños causados por el vehículo remolcado, daños durante maniobras en propiedad privada, carga y descarga del vehículo, operaciones de mantenimiento y supuestos fronterizos entre la RC del automóvil y la RC general. Es especialmente relevante para vehículos de empresa, vehículos con enganche de remolque y conductores que realizan actividades comerciales o de reparto con el vehículo asegurado.

Nivel 4 · Cobertura del propio conductor y supuestos especiales

RC PLUS — La cobertura que los vendedores no mencionan

La RC PLUS existe porque la RC estándar —incluso la ampliada— no cubre al propio conductor causante del accidente ni los siniestros producidos con el vehículo parado. La RC PLUS garantiza cobertura en estos supuestos de alto impacto y baja visibilidad: el conductor que resulta herido en un accidente del que es responsable, los daños al vehículo propio en determinadas circunstancias, y los incidentes producidos fuera de circulación activa. La mayoría de los asegurados no sabe que esta cobertura existe hasta que la necesita y descubre que no la tiene.

Lo que la RC no resuelve cuando el accidentado es de tu familia

Familiares y menores en un siniestro:
el conflicto que nadie te avisa.

Para que la Responsabilidad Civil se active, es necesario que exista una reclamación contra el responsable del accidente. Alguien tiene que reclamar. Y aquí está el conflicto que el sector silencia sistemáticamente: cuando el conductor responsable es el padre o la madre, y el lesionado es un hijo menor de edad.

Un menor no tiene capacidad jurídica plena para reclamar por sí mismo. Su representante legal —el padre o la madre— debería interponer la reclamación en su nombre. Pero si ese padre o esa madre es el propio conductor causante del accidente, tendría que firmar una reclamación contra sí mismo. Eso genera un conflicto de intereses reconocido tanto en la práctica aseguradora como en la jurídica. No es teórico. Es un escenario real que bloquea, retrasa o reduce indemnizaciones que los menores tienen perfecto derecho a recibir.

"Si la RC resolviera todos los casos de ocupantes sin fricción, la cobertura de acompañante no existiría. Existe precisamente porque la RC no basta."

La cobertura de acompañante u ocupantes nació para resolver este problema con un mecanismo directo: indemniza a los ocupantes del vehículo de forma automática, sin necesidad de reclamación contra el conductor, sin debate sobre si el lesionado es o no tercero frente al responsable, sin conflicto de consanguinidad, sin análisis de convivencia, sin cuestionar la dependencia económica. El ocupante acredita que viajaba en el vehículo y el siniestro es real. La cobertura actúa. Eso es lo que la RC no puede garantizar cuando el conductor es quien tiene que reclamar contra sí mismo.

Además, la cobertura de ocupantes evita otras fricciones frecuentes: la discusión sobre si el familiar es o no un tercero a efectos de la póliza, la interpretación de si existe nexo causal suficiente, la determinación de culpa exclusiva del conductor que excluye la RC, y los retrasos derivados de procedimientos penales en los que la RC queda suspendida hasta sentencia. La cobertura de acompañante no espera. Paga.

El mito más extendido del seguro de autos

La Seguridad Social no cubre gratis
los accidentes de tráfico.

Es uno de los malentendidos más costosos del sector: creer que la sanidad pública actúa como red de seguridad universal en caso de accidente de tráfico y que la aseguradora solo paga si el sistema público no interviene. Eso no es así.

La asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico está regulada por el Convenio de Asistencia Sanitaria UNESPA, suscrito entre la patronal del seguro (UNESPA) y el INGESA, así como con las distintas Comunidades Autónomas. Este convenio establece que el coste de la atención médica prestada en centros públicos a víctimas de accidentes de tráfico es facturable a las compañías aseguradoras implicadas, con tarifas y procedimientos pactados. La sanidad pública no asume ese coste: lo traslada al seguro.

El problema surge cuando la aseguradora niega el pago o cuando existe conflicto sobre quién debe responder. En esos casos, la factura sanitaria puede derivar en procedimientos de recobro contra el lesionado, contra el responsable civil del accidente o contra el Consorcio de Compensación de Seguros, que interviene solo en supuestos tasados. Un lesionado que cree que su tratamiento está cubierto puede recibir meses después una reclamación económica que no esperaba.

Para que esto no ocurra, el seguro debe tener coberturas sanitarias adecuadas —cobertura de conductor, cobertura de ocupantes— que garanticen que la aseguradora responde sin conflicto y sin lagunas. No se trata de un lujo. Se trata de evitar que un paciente que ha sufrido un accidente tenga que pagar de su bolsillo la atención que recibió en urgencias.

Donde más se nota la diferencia entre pólizas

Asistencia en carretera:
lo que el low cost excluye cuando más lo necesitas.

La asistencia en carretera es la cobertura que más se usa a lo largo de la vida de un vehículo. Y es también la que más diferencias presenta entre pólizas de precio bajo y pólizas de protección real. La exclusión que más impacto tiene en el cliente nunca aparece en el resumen de coberturas del comparador.

Pólizas low cost — Las exclusiones habituales

  • No cubre asistencia en caminos no asfaltados ni vías comarcales sin numerar
  • Exige distancia mínima del domicilio para activar la cobertura (habitualmente 25 km o más)
  • Excluye averías en accesos privados, urbanizaciones y aparcamientos subterráneos
  • Grúa con limitación de kilómetros de remolque hasta el taller
  • Sin vehículo de sustitución o con espera superior a 24 horas
  • Cobertura limitada a España peninsular o excluye Canarias, Ceuta y Melilla
  • Intervenciones de cerrajero no incluidas o con franquicia

Generali — Lo que cubre una póliza correcta

  • Asistencia desde kilómetro cero: sin mínimo de distancia desde el domicilio
  • Cobertura en caminos no asfaltados siempre que la grúa pueda acceder físicamente
  • Grúa sin límite de kilómetros hasta el taller más cercano o el de preferencia
  • Vehículo de sustitución disponible desde el primer día de inmovilización
  • Cobertura en toda España, incluyendo Canarias, Ceuta y Melilla
  • Asistencia en toda Europa y países del sistema carta verde
  • Cerrajería de urgencia incluida sin franquicia

Para un cliente que vive en zona rural, que tiene una segunda residencia en el campo, que trabaja en una obra o que habitualmente transita por caminos de acceso a fincas, la diferencia entre una póliza que cubre caminos no asfaltados y una que los excluye puede suponer cientos de euros de grúa pagada de su bolsillo. Una sola llamada cubre la diferencia de precio anual entre ambas pólizas.

El siniestro que más sorpresas da

Siniestros con el vehículo parado:
lo que tu póliza no cubre y no sabías.

Un rayado en el aparcamiento. Una abolladera sin conductor identificado. Un cristal roto de madrugada. Los siniestros con el vehículo parado son los más frecuentes en la vida cotidiana y, paradójicamente, los que más trabas generan en la tramitación.

En la mayoría de los casos, para que la aseguradora tramite la cobertura es necesario presentar denuncia policial que acredite el hecho. Sin denuncia, sin responsable identificado y sin parte amistoso firmado, la aseguradora puede denegar la tramitación del siniestro. Esto sorprende al cliente que asume que basta con llamar a su mediador.

A esto se añade una limitación estructural que muchos desconocen: el asegurado no puede utilizar la cobertura de defensa jurídica de su propia póliza para reclamar contra su propia compañía aseguradora. La defensa jurídica incluida en el seguro de autos está diseñada para reclamar a terceros, no para litigar contra el asegurador. Si existe un conflicto con la aseguradora sobre la cobertura de un siniestro, el cliente debe gestionar esa reclamación con sus propios medios o con un abogado externo.

La RC PLUS y la cobertura de daños propios en todo riesgo reducen drásticamente estos escenarios al garantizar cobertura directa sin necesidad de identificar al responsable, especialmente en siniestros de baja cuantía que no justifican un procedimiento judicial pero que tampoco son asumibles de bolsillo.

El entramado regulatorio que regula tu siniestro

Los convenios que deciden
quién paga tu accidente.

Tu siniestro de tráfico no se resuelve solo con una llamada a tu aseguradora. Existe un entramado de convenios, normativas y acuerdos intersectoriales que determinan quién paga, cuánto paga y en qué plazo. Conocerlos es la diferencia entre cobrar lo que te corresponde y descubrir que nadie responde.

Convenio Sanitario UNESPA — Asistencia Sanitaria en Accidentes de Tráfico

Acuerdo entre la patronal aseguradora (UNESPA) y el INGESA, con extensión a las Comunidades Autónomas, que regula la facturación de la asistencia sanitaria pública prestada a víctimas de accidentes de tráfico. Establece tarifas, plazos de reclamación y procedimiento de cobro de las aseguradoras a los centros sanitarios públicos. Su implicación práctica: la sanidad pública no absorbe el coste de los accidentes de tráfico, lo traslada al seguro.

Convenio de Asistencia Sanitaria Privada

Regula la prestación de asistencia médica en centros privados a víctimas de accidentes de tráfico y la facturación a las aseguradoras. Establece los límites de lo que la aseguradora está obligada a asumir y los procedimientos de autorización previa para tratamientos de larga duración o rehabilitación especializada.

Convenio de Emergencias Sanitarias

Regula la intervención de los servicios de emergencias sanitarias (112, SAMUR, servicios autonómicos) en accidentes de tráfico y el posterior proceso de facturación a las aseguradoras. La intervención de emergencias no es gratuita para el sistema asegurador: tiene tarifa y procedimiento de recobro.

Convenio de Lesión Medular y Daño Cerebral

Protocolo específico para la atención y seguimiento de víctimas de accidentes con lesiones neurológicas graves. Establece los cauces de coordinación entre aseguradoras, centros especializados y servicios sociales para la cobertura de rehabilitación, adaptación del entorno y cuidados de larga duración.

Convenio de Facturación CAS — Convenio de Asistencia Sanitaria

Marco técnico y operativo para la gestión, validación y pago de facturas sanitarias entre aseguradoras y centros de salud. Regula los plazos de presentación de reclamaciones, los mecanismos de auditoría y los procedimientos de impugnación. Su funcionamiento incide directamente en la velocidad con que el sistema sanitario recupera los costes de atención.

SOA — Reglamento del Seguro Obligatorio de Automóviles

La norma que obliga a todo vehículo a motor a tener contratada una RC mínima y regula sus capitales, exclusiones, funcionamiento del Consorcio de Compensación de Seguros y procedimientos ante vehículos no asegurados, desconocidos o sustraídos. El Consorcio actúa cuando no hay aseguradora que responda, con limitaciones para daños materiales.

Convenios de Recobro entre Aseguradoras

Acuerdos bilaterales y multilaterales entre compañías para la liquidación simplificada de siniestros en los que intervienen dos o más aseguradoras. Establecen tarifas pactadas, plazos de resolución y mecanismos de arbitraje. Su existencia es la que hace posible que una aseguradora pague primero al cliente y luego repercuta el coste a la aseguradora del responsable.

Convenios de Indemnización Directa

Marcos que permiten que la aseguradora del perjudicado le indemnice directamente, asumiendo luego el recobro contra la aseguradora del responsable. Agilizan la resolución al cliente y evitan que tenga que esperar a que se resuelva la disputa entre compañías. No todas las pólizas ni todos los siniestros tienen acceso a estos convenios.

Baremo de Valoración de Daños — Ley 35/2015

La norma que regula cuánto se indemniza por cada tipo de lesión, secuela o fallecimiento derivado de un accidente de tráfico. Establece las tablas de cuantificación del daño corporal, las reglas de aplicación, los factores de corrección por perjuicio particular y los criterios de valoración de los daños morales y económicos. El Baremo es el sistema de tasación legal y vinculante: ninguna aseguradora puede pagar menos, pero tampoco está obligada a pagar más salvo que exista resolución judicial.

La posición de Ángela Maldonado Seguros

Recomendación profesional · Sin eufemismos

No vendemos pólizas baratas.
Construimos protección real.

El mercado del seguro de autos tiene un problema estructural: se vende por precio, se compara por precio y se renueva por precio. Y en ese proceso, las coberturas que realmente importan —RC voluntaria, cobertura de ocupantes, cobertura de conductor, RC PLUS, asistencia completa— se sacrifican para reducir la prima unos euros al mes.

Esos euros que se ahorran hoy son los miles de euros que se pagan mañana de bolsillo cuando el siniestro ocurre y la cobertura no alcanza. No es una exageración. Es la realidad que documentan los peritos, los abogados y los propios asegurados que han pasado por ese trance.

En este despacho no repetimos lo que los vendedores dicen porque lo han oído en formaciones de producto. Explicamos la realidad jurídica aunque sea incómoda. Si tu póliza tiene un hueco en la cobertura de menores, te lo digo. Si la asistencia en carretera no cubre donde vives, te lo explico. Si tu RC no protege tu patrimonio, lo ajustamos.

Mi recomendación profesional es siempre la misma: contratar una póliza con RC voluntaria adecuada a tu patrimonio, cobertura de ocupantes sin restricciones, cobertura del conductor, asistencia desde kilómetro cero sin exclusiones de caminos y defensa jurídica operativa. Todo lo demás es un seguro que parece un seguro, pero que en el siniestro falla exactamente donde más duele.

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Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre la RC obligatoria y la RC voluntaria?
La RC obligatoria (SOA) cubre los daños a terceros hasta los límites fijados por ley: 70 millones de euros para daños personales y 15 millones para daños materiales por siniestro. Es el mínimo legal que todo vehículo debe tener. La RC voluntaria amplía esos capitales. Su función es proteger tu patrimonio personal cuando la responsabilidad civil del siniestro supera los límites legales. Siniestros con víctimas de altos ingresos, accidentes múltiples o atropellos con lesiones graves pueden generar reclamaciones que superen los 70 millones. La RC voluntaria es la barrera entre esa reclamación y tus bienes personales.
¿Por qué la cobertura de acompañante es imprescindible con hijos en el coche?
Cuando el conductor es el responsable del accidente y los ocupantes son menores de edad, existe un conflicto de intereses que puede bloquear la activación de la RC. Para reclamar en nombre de un menor, su representante legal debe interponer la reclamación. Si ese representante es el propio conductor causante, estaría reclamando contra sí mismo. La cobertura de acompañante u ocupantes elimina ese conflicto: indemniza a los ocupantes directamente, sin necesidad de reclamación ni debate sobre culpa. Es por eso que existe. Si la RC bastara siempre, esta cobertura no tendría razón de ser.
¿La Seguridad Social me atiende gratis si tengo un accidente de tráfico?
No con carácter gratuito para el sistema. La asistencia sanitaria en accidentes de tráfico se rige por el Convenio Sanitario UNESPA: los centros públicos prestan la atención y facturan el coste a la aseguradora responsable. Si la aseguradora no responde o existe conflicto sobre quién debe pagar, esa factura puede derivar en un procedimiento de recobro contra el lesionado o contra el responsable civil. Un asegurado sin coberturas sanitarias adecuadas puede recibir meses después una reclamación de gastos médicos que creyó cubiertos.
¿Qué hago si me rayan el coche en un aparcamiento sin testigos?
Primero, presenta denuncia policial acreditando el hecho. Sin denuncia, muchas aseguradoras deniegan la tramitación del siniestro al no poder verificar el incidente. Fotografía los daños con metadatos de hora y lugar. Si tienes póliza de todo riesgo, el siniestro cubre los daños propios aunque no haya responsable identificado, generalmente con franquicia. Si solo tienes terceros, no tienes cobertura para daños a tu propio vehículo. Recuerda que no puedes usar la defensa jurídica de tu póliza para reclamar a tu propia compañía: esa cobertura es para reclamar a terceros.
¿Qué plazo tengo para declarar un siniestro?
El plazo general para comunicar un siniestro a tu aseguradora es de 7 días desde que ocurre. Para siniestros urgentes —con heridos, vehículo inmovilizado, daños graves— la comunicación debe ser inmediata. No toques el vehículo ni alteres la escena sin fotografiar antes todos los daños. Anota la matrícula, datos del seguro y datos personales del otro conductor. Si hay heridos, llama al 112 antes que a la aseguradora. Declarar fuera de plazo no extingue tu derecho, pero puede complicar la tramitación si la aseguradora acredita que el retraso le causó perjuicio.
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